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Uber, DiDi, Rappi, Airbnb y Mercado Libre retienen ISR automáticamente en cada pago. Descubre cuánto te descuentan y si calificas para pago definitivo.
Uber, DiDi, Cabify, Rappi, iFood. Tasa fija: 2.1% sobre tus ingresos mensuales.
Airbnb, Booking, Vrbo. Tasa fija: 4% sobre tus ingresos mensuales.
Mercado Libre, Etsy, Fiverr. Tasa fija: 1% sobre tus ingresos.
Si tus ingresos anuales de plataformas son menores a $300,000 MXN, puedes optar por el pago definitivo (Art. 113-B LISR): el ISR retenido por la plataforma es tu impuesto final y no necesitas presentar declaración anual por esos ingresos. Tener sueldos y/o arrendamiento además de plataformas NO te descalifica — la ley lo permite explícitamente.
Si superas $300,000, o tienes honorarios, actividad empresarial u otra fuente de ingreso distinta a sueldos/arrendamiento, debes acumular en tu declaración anual (tabla Art. 152) y el ISR retenido se acredita contra el impuesto del ejercicio.
Es un régimen fiscal especial (Art. 113-A LISR) para personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas digitales como Uber, DiDi, Rappi, Airbnb y Mercado Libre. La plataforma retiene y entera el ISR automáticamente en cada pago. La tasa de retención es fija según el tipo de actividad: 2.1% transporte y entrega de bienes, 4% hospedaje, 1% enajenación de bienes y prestación de servicios. Desde 2020 también se retiene el IVA al 8%, parejo para todas las actividades.
Si tus ingresos anuales de plataformas digitales superan $300,000 MXN, o si además tienes otros ingresos que no sean sueldos o arrendamiento (por ejemplo honorarios o actividad empresarial), debes presentar declaración anual y acumular estos ingresos con el resto. Los sueldos y el arrendamiento SÍ se pueden combinar con el pago definitivo, la ley (Art. 113-B LISR) los permite explícitamente. El ISR retenido por la plataforma se acredita contra el impuesto del ejercicio calculado con la tabla Art. 152. Si retuvieron de más, el SAT te devuelve la diferencia.
Sí. Las plataformas retienen el IVA (8%, igual para todas las actividades) en cada pago, además del ISR. Esto significa que si en un mes recibes $10,000 de Uber, la plataforma retiene $210 de ISR (tasa fija 2.1%) y $800 de IVA, y te deposita $8,990. Ese IVA retenido solo se vuelve tu pago definitivo (sin declararlo aparte) bajo la MISMA condición que el ISR (Art. 18-M LIVA): ingresos de plataformas hasta $300,000 anuales y, si tienes otros ingresos, que sean solo sueldos o intereses. Si no cumples esa condición, el IVA retenido es acreditable, no definitivo, y debes presentar tus declaraciones de IVA normalmente.
Debes darte de alta en el SAT con el régimen de plataformas tecnológicas (clave 625). Si ya tienes RFC pero estás en otro régimen, puedes agregar actividades. El trámite se hace en el portal sat.gob.mx o en cualquier módulo del SAT. Una vez registrado, la plataforma ya entrega al SAT las retenciones a tu nombre.
Sí. Las plataformas deben emitir mensualmente un CFDI de retenciones e información de pagos (tipo CFDI de retención) que puedes descargar desde tu app o el portal del SAT. Este documento sirve como comprobante del ISR e IVA retenido en tu nombre.
Si tienes ingresos de diferentes tipos de plataformas, debes calcular el ISR por separado para cada actividad, ya que cada una tiene su propia tasa fija (2.1% transporte/entrega, 4% hospedaje, 1% bienes/servicios). La suma total de ingresos de todas las plataformas se usa para determinar si superas el límite de $300,000 para el pago definitivo.
¿Necesitas presentar declaración anual? Usa el Simulador de Devolución ISR para estimar si tienes impuesto a favor o a cargo consolidando todos tus ingresos del año.